Cuando estás pensando si te pueden embargar una transferencia es porque tienes deudas y sabes que cualquier ingreso que tengas corre peligro de desaparecer.
Si pasas una mala racha económica y ves que no puedes cumplir tus obligaciones de pago es inevitable tener miedo a que te embarguen.
Cuando tienes deudas diferentes lo más probable es que ya te hayan llegado requerimientos de pago de tus acreedores, o amenazas de ejecuciones y embargos.
Uno de los mayores miedos de todo deudor es no llegar a recibir una transferencia o no poder hacerla, sobre todo si es un ingreso destinado a cubrir parte o todas tus necesidades, incluso las más básicas.
Si no pones soluciones lo normal es que las cantidades debidas sigan creciendo, hasta llegar a un nivel tan alto de deuda que te resulte imposible afrontar su pago.
En este artículo te explicamos cuándo y por qué te pueden embargar una transferencia, y cómo puedes evitar estos embargos utilizando el beneficio de la Segunda Oportunidad.
Como abogados expertos en Ley de Segunda Oportunidad podemos ayudarte a salir de esta situación y conseguir que se perdone tu deuda en todo o en parte para comenzar desde cero.
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ToggleEl problema de que te puedan embargar una transferencia: causas y consecuencias
Cuando no puedes pagar tus deudas los acreedores no se van a quedar de brazos cruzados y van a hacer todo lo que sea necesario para cobrar las cantidades pendientes de pago.
Da igual que debas dinero a un banco, una entidad financiera, una empresa, o incluso a una Administración, porque todos ellos van a reclamarte las deudas.
Si te confías pensando que puedes solucionar el problema más adelante o vas dando largas a los requerimientos que recibes, te expones a que tus acreedores tomen medidas legales para obligarte a pagar lo que debes.
Una de las principales consecuencias de deber dinero es el embargo.
Por ejemplo, pueden embargarte por las deudas de tu tarjeta de crédito, y si no pagas el banco te va a reclamar judicialmente por el importe de la deuda más los intereses.
También puede pasar si dejas de pagar un préstamo, porque el Juez puede ordenar el embargo de tus bienes para cubrir la deuda pendiente.
Lo mismo ocurre si no pagas la hipoteca, donde puedes perder tu casa, pero además, si con la subasta de la vivienda no se cubre la deuda sigues debiendo dinero y te pueden embargar también.
Pero, además, si eres autónomo o empresario es fácil que tengas deudas con Hacienda o debas cantidades a la Seguridad Social, como son las cuotas de autónomo o multas que no has abonado.
Pues bien, todas estas deudas pueden reclamarse por tus acreedores y te expones a que te embarguen una transferencia o el dinero de tu cuenta.
Así, puedes encontrarte con que accedes a tu banca online y te llevas la desagradable sorpresa de ver que te han embargado tu cuenta bancaria.
Si esto ocurre, esto es lo que debes tener en cuenta:
➯ El embargo puede ser administrativo (lo ejecuta una Administración Pública como puede ser la Seguridad Social) o judicial, es decir, ordenado por un Juez.
➯ Para tu tranquilidad, ningún acreedor ni financiera puede embargarte directamente, tienen que pedirlo al Juzgado.
➯ Las Administraciones SÍ te pueden embargar directamente, no necesitan que un Juez autorice el embargo.
➯ El embargo puede realizarse sobre tus cuentas bancarias e incluye la posibilidad de que te embarguen una transferencia.
¿Hay límites a los embargos?
Es importante saber que no te van a embargar todo para dejarte a cero, porque por mucho dinero que debas tienes que subsistir y cubrir tus necesidades básicas.
Así ocurre, por ejemplo, con el embargo de tu nómina, que en España no se puede embargar en su totalidad, siendo inembargable el salario mínimo interprofesional.
El otro límite es el tipo de bienes susceptibles de embargarse, dado que hay algunos que no se pueden embargar, incluidos en el artículo 605 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, como son los animales de compañía o los que no tienen valor patrimonial, entre otros.
Por último, hay orden para los embargos, es decir, antes de embargar tu casa van a embargar el dinero que tengas, por ejemplo, en tus cuentas corrientes, como indica el artículo 592.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Una transferencia es dinero, y, por tanto, es fácil que te lo puedan embargar antes que otro tipo de bienes.
Cómo se realiza el embargo de una cuenta bancaria y sus consecuencias
Lo más probable es que te preocupe que te puedan embargar todo el dinero de tu cuenta, y si te van a hacer transferencias, que no te llegue ese dinero.
Para embargar el dinero de tu cuenta tu banco retiene la cantidad que corresponda de forma que tú ves el saldo que tienes, pero no puedes disponer de él al estar retenido por el embargo.
Tu entidad bancaria siempre tiene que comunicarte el embargo, sea ordenado por un Juzgado o de un organismo administrativo como la Seguridad Social o Hacienda, por si no estás conforme y quieres reclamar.
La retención de tu dinero que hace el banco en concepto de embargo se materializa en el plazo de 20 días naturales, y en ese momento la cantidad retenida “desaparece” de tu cuenta y pasa a la entidad que haya ordenado el embargo.
¿Cuándo y cómo me pueden embargar una transferencia?
Imagina que tienes embargada tu cuenta corriente porque debes dinero y alguien te va a hacer una transferencia a esa cuenta, o tú vas a transferir un dinero desde esa cuenta.
Pues bien, esa transferencia en uno y otro caso puede ser objeto de embargo.
Se trata, básicamente, de retener ese dinero para cubrir la deuda que tienes pendiente con tus acreedores.
Si te van a hacer una transferencia en una cuenta embargada es muy posible que ese dinero te lo retengan.
Ahora bien, esto no significa que vayan a retenerte cualquier transferencia, dado que hay supuestos especialmente protegidos por la Ley que impiden el embargo.
Así ocurre, por ejemplo, con las transferencias que se hacen para pagar sueldos o pensiones, que suelen gozar de especial protección.
La cantidad objeto del embargo dependerá de los límites establecidos en la Ley, el caso concreto y las necesidades del deudor.
Me han “barrido” la cuenta del banco en un embargo: ¿qué significa?
Es posible que hayas escuchado hablar de lo que se conoce como “barrer la cuenta del banco”.
De forma sencilla significa que cuando te van a embargar el dinero de tus cuentas bancarias para saldar las deudas que tienes, el Juez o la Administración dan la orden a tu banco y la entidad bancaria te comunica que te van a embargar.
Este embargo es lo que se conoce como “barrido de la cuenta”, y consiste en bloquear tu dinero para saldar la deuda pendiente.
¿Puedes saber cuándo te van a “barrer la cuenta”?
La respuesta es que, de forma exacta, no puedes saberlo.
Si ordena el embargo un Juez, puedes encontrarte con el bloqueo de tu cuenta en cualquier momento, pero no tienes forma de saber el momento concreto en que va a ocurrir.
Si se trata de un embargo de la Seguridad Social o cualquier otra administración lo habitual es que se produzca el día 5 o el día 20 de cada mes.
Puedes encontrarte con un “barrido de cuenta” en varias ocasiones, y durará hasta que liquides la totalidad de la deuda que tienes pendiente.
¿Te puedes quedar sin dinero porque han barrido todo lo que tienes en la cuenta?
Puede ocurrir, aunque es difícil porque hay una serie de límites legales que se deben respetar.
Si, por ejemplo, te ingresan tu nómina del mes en la cuenta, ésta no puede embargarse en su totalidad, ya que debe respetarse el límite del salario mínimo interprofesional que no puede ser objeto de embargo.
Pero si debes dinero en concepto de pensión alimenticia a tus hijos por un divorcio, estos límites no operan y una deuda de este tipo te puede suponer el embargo de todo el dinero de tu cuenta.
Aunque cada caso concreto es distinto, si debes dinero es muy probable que te puedan embargar una transferencia.
Entonces… ¿es posible realizar una transferencia desde la cuenta que te han embargado?
Todo va a depender de la cantidad que te hayan retenido.
Si te queda saldo en la cuenta después del bloqueo de la cantidad objeto del embargo podrías hacer una transferencia con el dinero que no te hayan retenido.
Cómo evitar que te puedan embargar una transferencia con la Ley de Segunda Oportunidad
Llegar a una situación de embargo como consecuencia de deber dinero es angustioso para cualquiera.
Si, además, ves cómo te bloquean dinero de tu cuenta o te embargan una transferencia, aumenta la preocupación y el miedo a perderlo todo.
Nuestra recomendación es que antes de llegar a ese punto valores las posibles opciones que tienes para salir de tu situación de insolvencia.
Sabemos que cada caso es diferente, pero también tenemos claro que una de las mejores soluciones que funcionan es acogerte a la Segunda Oportunidad.
Puedes optar por esta opción siempre que seas particular, autónomo o empresario.
Si te estás preguntando si es fiable la Ley de Segunda Oportunidad podemos asegurarte que cada vez hay más personas que deciden beneficiarse de esta herramienta legal para poner fin a una situación grave de endeudamiento.
En un escenario de embargos y ejecuciones este mecanismo legal puede ser la forma de salir de la insolvencia y recuperar tu vida libre de las deudas.
Si cumples los requisitos de la Ley de Segunda Oportunidad, puedes liberarte de forma parcial o total de tus deudas.
Pero, además, se puede parar un embargo judicial con la Segunda Oportunidad, y esto significa:
➯ Que cualquier ejecución que tengas en trámite se paraliza, y esto significa que los embargos se detienen y tampoco te podrían embargar una transferencia.
➯ Que tus acreedores no pueden embargarte nada ni reclamarte deuda alguna mientras se sustancia el proceso de la Segunda Oportunidad.
¿Qué opciones tienes?
Esta herramienta legal te ofrece dos posibilidades que debes valorar para decidir, según tu situación económica y patrimonial, lo que más te conviene:
✔ Una vía es la exoneración definitiva de tus deudas, que te permite cancelar todas tus obligaciones de pago, pero liquidando todo tu patrimonio (incluso tu casa).
Aquí pones fin a todos los embargos porque tus deudas son perdonadas en su totalidad y ya no te pueden reclamar nada tus acreedores.
✔ Otra vía es la llamada exoneración provisional de tus deudas, donde no liquidas tu patrimonio y mantienes tu casa, pero tienes que hacer un plan de pagos para tus acreedores que seas capaz de asumir.
Si optas por esta solución también desaparecen los embargos, porque parte de las cantidades adeudadas se te perdonan, y el resto de la deuda la vas a ir abonando con el plan de pagos.
¿Te preocupa si te pueden embargar una transferencia, el dinero de tu cuenta o tus bienes?
En NO QUIERO DEUDAS, como expertos en la Ley de Segunda Oportunidad,podemos ayudarte a salir de tu insolvencia, parar los embargos y reconstruir tu vida para volver a empezar sin la preocupación de las deudas.
Nuestro equipo de abogados reúne en una misma firma legal despachos de Madrid, Barcelona, Oviedo, Cáceres y Málaga, unidos para ayudar a particulares, autónomos y empresarios a resolver su situación económica para tener una verdadera segunda oportunidad.
Nos gustaría que fueras nuestro próximo caso de éxito de cancelación de deudas con la Ley de Segunda Oportunidad.
Queremos conocer tu historia y resolver gratis y sin compromiso todas las dudas y preguntas que tengas.


