Embargo de nómina: cómo, cuándo y qué puedes hacer si te embargan tu nómina para pagar deudas

El embargo de la nómina es una de las mayores preocupaciones que suelen tener quienes están en una situación económica complicada.

Cuando no puedes pagar tus deudas surge el miedo a que te embarguen tu nómina para pagarlas, y esto genera mucha incertidumbre:

¿Cuánto me van a quitar de mi nómina?

¿En qué momento pueden embargarme la nómina?

¿En qué tipo de situaciones me pueden embargar la nómina?

Si me embargan la nómina… ¿cómo voy a poder hacer frente a todas mis cargas familiares?

Como abogados expertos en Ley de Segunda Oportunidad resolvemos todas tus dudas sobre el proceso de embargo de nómina, hasta dónde llega y qué puedes hacer para evitarlo.

Si estás en una situación económica difícil y necesitas ayuda para evitar llegar al embargo de tu nómina, en No Quiero Deudas podemos ayudarte a recuperar tu tranquilidad.

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El embargo de la nómina de un trabajador es un proceso judicial por el que te retienen una parte de tu salario cuando tienes deudas pendientes de pago hasta que son canceladas.

A través de este procedimiento la empresa o el empresario retiene una parte de la nómina del trabajador para pagar la deuda que tiene.

En este proceso hay dos partes:

El acreedor, que reclama la deuda no pagada, y puede ser una empresa, un particular, la Administración o una entidad.

El deudor, que en este caso es el trabajador que debe dinero y está percibiendo una nómina que se va a embargar para cubrir el pago de esas deudas.

La finalidad de este proceso es que tu acreedor, con quien tienes contraída la deuda, pueda cobrarla a través del embargo de tu nómina.

¿Qué debes saber sobre el embargo?

Se trata de un mecanismo jurídico de ejecución que se impone de forma forzosa para garantizar el pago de una deuda o una obligación, reteniendo una cantidad de dinero o determinados bienes del deudor.  

Los embargos más habituales son los judiciales y los administrativos.

  • Los judiciales son los que ordena un Juez, y son los habituales que utilizan acreedores como son empresas, bancos o entidades financieras.

    En este caso tus acreedores no pueden embargarte directamente, sino que interponer una demanda judicial para que el Juzgado acuerde el embargo.

  • Los administrativos son los ejecutados por las Administraciones Públicas, como Hacienda o la Seguridad Social, que no necesitan obtener una autorización judicial previa.

    En este caso también pueden embargarte la nómina para cobrar la deuda que tengas sin necesidad de que la Administración tenga que acudir a un proceso judicial. 

Por tanto, el embargo de tu nómina puede venir:

Por orden de un Juzgado, por deudas que te reclaman en vía judicial, o si no pagas alguna obligación que te han impuesto judicialmente, como el pago de unas costas en un procedimiento.

Por las Administraciones Públicas cuando tengas una obligación económica administrativa que no has cumplido, como las de Hacienda o la Seguridad Social.

¿Qué tipo de deudas pueden provocar el embargo de tu nómina?

Estas son las deudas más habituales que pueden provocar el embargo de tu nómina:

✔ Deudas por créditos públicos (es decir, contraídas con la Administración).

✔ Multas y sanciones.

✔ Deudas derivadas de tarjetas de crédito, microcréditos y préstamos con bancos y otras entidades financieras.

✔ Deudas derivadas del cumplimiento de obligaciones económicas derivadas de sentencia judicial (por ejemplo, el pago de la pensión de alimentos en procesos de divorcio).

✔ Deudas con particulares y proveedores.

Embargo de nómina: ¿pueden embargarme toda mi nómina?

Una de las mayores preocupaciones de cualquier deudor es el temor a que a consecuencia de las deudas impagadas se pueda embargar la nómina completa.

Pues bien, en España NO es posible embargar la totalidad de tu nómina.

La Ley de Enjuiciamiento Civil establece en su artículo 607 que el salario mínimo interprofesional es inembargable.

Así, un Juez solo puede decretar el embargo de tu nómina en un porcentaje que no supere el 30% de tus ingresos netos mensuales.

Además, hay otros límites al embargo de una nómina que van a depender de tu situación familiar, por ejemplo, si tienes cargas familiares.

Esto significa que, si van a embargarte la nómina podrás percibir siempre al menos el salario mínimo interprofesional que esté en vigor en ese momento.

Y si el sueldo o la pensión que cobras es inferior a ese salario mínimo NO te lo pueden embargar y lo percibirás en su totalidad.

Solo hay un caso donde un Juez puede embargar tu nómina por debajo del salario mínimo interprofesiones, y es cuando la deuda se refiere al impago de pensión de alimentos.

En este caso el Juez decide qué parte de tu sueldo se va a embargar, atendiendo a cada caso concreto.

Las escalas para el embargo de nómina según el salario que percibas

En este año 2023 el salario mínimo interprofesional está en 1.080 euros mensuales en 14 pagas, lo que hacen un total de 15.120 euros brutos al año.

Para determinar qué porcentaje de tu nómina pueden embargarte hay unas escalas en función del sueldo que percibas:

Así, si en 2023 cobras menos de los 1.080 euros fijados como salario mínimo interprofesional, NO pueden embargarte cantidad alguna.

Si tu sueldo oscila entre 1.080€ y 2.160€, te embargarán el 30% del tramo.

Por ejemplo, si percibes una nómina de 1.300 euros, una vez descontados los 1.080 que son inembargables te queda un exceso de 220 euros.

Pues bien, sobre esos 220 euros pueden embargarte el 30%, es decir 66 euros.

Si percibes un sueldo entre 2.160 y 3.240 euros pueden embargarte el 50% del tramo.

Si tu sueldo oscila entre 3.240 y 4.320 euros te embargarían el 60% del tramo.

Para sueldos entre 4.320 y 5.400 euros te embargarán el 75% del tramo.

Si tu salario supera los 5.400 euros te van a embargar el 90% del tramo.

Dudas relacionadas con el embargo de tu nómina

Estas son algunas de las dudas más habituales que nos preguntáis sobre el embargo de la nómina:

¿Qué ocurre si tienes más de un sueldo?

Cuando tienes, por ejemplo, dos o más trabajos, hay que sumar la totalidad de los salarios que percibas como si fueran una sola.

A partir de ahí se deduce la parte que no pueden embargarte de una sola vez y se aplican las escalas que hemos comentado, según indica el artículo 607.3 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

 

Si mi cónyuge también trabaja, ¿pueden embargar su sueldo?

Depende del régimen económico matrimonial de tu matrimonio:

  • Si te has casado en separación de bienes la respuesta es NO.
  • Si te casaste en gananciales no pueden embargar a tu cónyuge por una deuda que has contraído tú, salvo que la causa de la deuda sea alguna de las especificadas en el artículo 1362 del Código Civil.

 

¿Influye en el embargo de la nómina el hecho de tener cargas familiares?

La respuesta es SÍ, si las tienes y tu salario no es superior a 5 salarios mínimos juntos, puedes beneficiarte de una reducción de entre el 10 y el 15%.

 

¿Pueden ponerme un segundo embargo sobre la nómina si ya tengo uno?

La respuesta es NO, porque no pueden acumularse embargos sobre tu sueldo.

Después de que finalizara el primer embargo podrían embargar tu nómina por el segundo, pero no a la vez, salvo que con el segundo embargo no se vea perjudicado el acreedor anterior.

 

¿Es lo mismo el embargo de tu nómina que el embargo de cuenta corriente bancaria?

La respuesta es NO:

  • El embargo de tu cuenta bancaria implica que te van a embargar el dinero que tienes en el banco.

  • Cuando te embargan la nómina, la cantidad que te retienen para pagar tus deudas no la percibes porque tu empresa la retiene directamente.


Entre ambos tipos de embargo, tiene preferencia el de tu cuenta corriente, lo que significa que antes de embargarte la nómina primero se intentará cobrar tu deuda con el dinero que tengas en el banco.

Embargo de nómina: cómo es el procedimiento legal

Estos son los pasos habituales en un proceso de embargo de tu nómina:

Tu empresa recibe la notificación del embargo, que puede venir de la Administración (por ejemplo, si se trata de una deuda con Hacienda o con la Seguridad Social) o de un Juzgado (cuando se decreta el embargo judicial de tu nómina en un proceso de cualquier otro acreedor).

La empresa te notifica el embargo, y tú puedes abonar la deuda directamente, o en caso contrario, la empresa te retendría una parte de tu salario para pagarla.

Si la empresa tiene que retenerte una parte de tu nómina debe calcular que parte de ella te retiene cada mes según las escalas que hemos visto, ingresando ese importe directamente en la cuenta especificada en la diligencia de embargo.

Cuando la deuda ha sido pagada se procede al levantamiento del embargo enviando una notificación a tu empresa para finalizar la retención que se aplicó de una parte de tu nómina.

 

Tu empresa tiene que contestar la notificación con la diligencia de embargo, porque si tu sueldo es inferior al salario mínimo interprofesional no podrían embargarte cuantía alguna de tu nómina.

Embargo de nómina: cómo puede ayudarte la Ley de Segunda Oportunidad

¿Es posible evitar el embargo de tu nómina?

La respuesta es Sí, y puedes hacerlo acogiéndote a los beneficios de la Ley de Segunda Oportunidad.

De hecho, uno de las principales ventajas de este mecanismo legal es, precisamente, que se paralizan los embargos y ejecuciones que tengas sobre tu nómina o sobre cualquier otro bien de tu patrimonio, y no pueden acordarse nuevos embargos.

Si te preocupa que te embarguen la nómina es porque te encuentras en una situación económica difícil y no puedes cumplir con tus obligaciones de pago.

Para casos como el tuyo tienes a tu disposición una solución legal que te permite eliminar tus deudas para volver a empezar de cero: la Ley de Segunda Oportunidad.

Si reúnes los requisitos para acogerte a este mecanismo legal, puedes conseguir el perdón de una parte o de la totalidad de tus deudas y evitar, por ejemplo, el embargo de tu nómina.

Las novedades en la Ley de Segunda Oportunidad tras la reforma de la Ley Concursal en 2022 han supuesto, además, nuevas ventajas para quienes se encuentran en una situación de endeudamiento:

El proceso es más ágil y económico.

Los plazos de tramitación se acortan.

Puedes elegir entre la exoneración definitiva con liquidación de tu patrimonio o la exoneración provisional con un plan de pagos conservando tus bienes incluyendo tu vivienda habitual.

Puedes liberarte de hasta 20.000 euros de deuda pública, divididos en 10.000 euros de deuda con la Seguridad Social y otros 10.000 con la Agencia Tributaria, y el resto de deuda por encima de esas cantidades se somete a un plan de pagos.

Esto es solo el comienzo de una nueva vida para ti libre de deudas y sin la preocupación de que te embarguen la nómina, entre otros problemas derivados de tu mala situación económica.

Si tienes dudas sobre cómo acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad podemos ayudarte como abogados expertos en Ley de Segunda Oportunidad.

NO QUIERO DEUDAS es la unión de varios despachos en Madrid, Barcelona, Oviedo, Cáceres y Málaga, especialistas en resolver crisis económicas como la tuya, ayudar a personas como tú a liberarse de sus deudas.

Te animamos a contactarnos aquí para contarnos tu historia y recibir asesoramiento gratuito y sin compromiso. Tus abogados especialistas en Ley Segunda Oportunidad.

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