Deudas Hacienda Ley Segunda Oportunidad: ¿puedes cancelar tus obligaciones tributarias sin pagar?

Las deudas con Hacienda y la Ley de Segunda Oportunidad es un tema que generó mucha polémica en su momento por las dudas sobre la posibilidad o no de cancelarlas con este mecanismo legal.

Para un particular, autónomo o pyme con problemas de liquidez o insolvencia, cumplir sus obligaciones económicas con las administraciones puede hacerse muy cuesta arriba.

Desde que entró en vigor la Ley de Segunda Oportunidad, la posibilidad de cancelación de este tipo de deudas ha ido variando, generando dudas y mucha incertidumbre.

Con la entrada en vigor de la nueva Ley Concursal aprobada en agosto de 2022 las cosas han cambiado y hay buenas noticias si tienes deudas con Hacienda o la Seguridad Social.

Como abogados especialistas en Ley de Segunda Oportunidad, podemos ayudarte a empezar de nuevo si no puedes pagar tus deudas o cumplir tus obligaciones económicas.

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Si eres particular, autónomo o pyme y no puedes pagar tus deudas, la Ley de Segunda Oportunidad es el mecanismo legal que te permite salir de esta situación y volver a empezar de cero.

Es muy habitual cuando piensas en acogerte a esta Ley no saber qué deudas se pueden cancelar con la Ley de Segunda Oportunidad.

En términos generales, las deudas que no puedes pagar se dividen en deudas privadas o públicas.

Por ejemplo, deudas privadas pueden ser las que mantienes con proveedores, particulares, los préstamos con bancos, entidades financieras o de tarjetas de crédito, entre otras.

En cuanto a deudas públicas, son, en general, las derivadas de tus obligaciones económicas con Hacienda y la Seguridad Social, además de otras deudas que puedes tener con Ayuntamientos, Diputaciones y otros Organismos Públicos.

Algunos ejemplos concretos son tus obligaciones fiscales (retenciones, pagos a cuenta o cuotas fiscales), cotizaciones no abonadas a la Seguridad Social, multas o sanciones no pagadas, o recargos e intereses sin abonar.

Estas deudas públicas preocupan de forma especial a cualquier deudor, porque si debes dinero a Hacienda o a la Seguridad Social, estas entidades pueden embargarte directamente (es el denominado embargo administrativo).

Qué ocurría antes de la reforma de la Ley Concursal con las deudas de Hacienda y la Ley de Segunda Oportunidad

La Ley de Segunda Oportunidad se implementó en España en el año 2015.

En aquel momento no había ninguna referencia específica en el texto de la Ley a la posibilidad de cancelar las deudas públicas con Hacienda y la Seguridad Social.

Esto generaba mucha incertidumbre, y era necesario que cada afectado peleara su caso de forma personalizada para ver si se le concedía o no el perdón de este tipo de deudas.

¿Qué ocurría con las deudas públicas?

La Ley de Segunda Oportunidad ofrecía al deudor de buena fe, cumpliendo una serie de requisitos, la posibilidad de liberarse de la totalidad de sus deudas privadas.

Sin embargo, no ocurría igual con las deudas públicas, que se consideraban “créditos privilegiados”, junto con otras como los alimentos o los créditos contra la masa.

A través del llamado beneficio de exoneración o perdón de la deuda, la persona en situación de insolvencia podía librase de pagar los créditos no privilegiados.

Pero la deuda pública con Hacienda o la Seguridad Social no tenía esa consideración.

Dicho de otra forma, podías liberarte del pago de otras deudas, pero NO de los créditos privilegiados, que o bien abonabas o bien tenías que incluir en un plan de pagos.

¿Qué ocurrió?

Muchos expertos concluyeron que, si no podías liberarte del pago de la deuda pública con Hacienda y Seguridad Social, el mecanismo legal de la Ley de Segunda Oportunidad no cumplía su finalidad de ayudar al endeudado, perdiendo en gran parte su sentido.

La sentencia del Tribunal Supremo de 2 de julio de 2019: su postura sobre la exoneración de los créditos públicos

Las imprecisiones y dudas generadas sobre si las deudas con Hacienda y Seguridad Social podían o no cancelarse con la Ley de Segunda Oportunidad provocaron un pronunciamiento del Tribunal Supremo en su sentencia de 2 de julio de 2019.

Esta sentencia cambió las reglas del juego, permitiendo:

  • Que un deudor se pudiera beneficiar del perdón de más de la mitad de la deuda con las Administraciones Públicas que pudiera tener.
  • Que el resto pudiera pagarse con un plan de pagos fraccionado en un periodo de hasta 5 años, en función de la capacidad económica del deudor.


Dicho de otro modo, hasta el momento era Hacienda quien tenía la última palabra sobre el pago de los créditos públicos, y lo habitual era oponerse a la cancelación de esta parte de la deuda.

A partir de esta sentencia, era el Juez que conocía del procedimiento de la Ley de Segunda Oportunidad quien decidía si esta deuda se podía o no fraccionar, de qué forma, y si podía perdonarse el pago de una parte de la misma.

Por ejemplo, imagina que tenías en aquel momento una deuda de 50.000 euros con la Agencia Tributaria, y otras deudas privadas con otros acreedores.

Antes de la sentencia del Tribunal Supremo, después de haber liquidado tu patrimonio y conseguir el perdón del resto de tus deudas, seguías debiendo esos 50.000 euros.

A partir de la sentencia podías liberarte hasta de un 70% de esos 50.000 euros de deuda pública, y abonar solo el 30% restante mediante un plan de pagos en 5 años y en cuotas mensuales que podías asumir. 

Ese plan de pagos era determinado por el Juez Concursal, no por lo que indicaba la normativa tributaria o Hacienda.

De esta forma se daba más sentido al objetivo de la Ley de Segunda Oportunidad: que, a pesar de tener un fracaso económico, pudieras reconducir tu situación y empezar de nuevo sin arrastrar una carga económica que no podías pagar.

Esta sentencia del Tribunal Supremo ayudó a muchos particulares, autónomos y empresarios a liberarse parcialmente de la carga de la deuda con Hacienda y la Seguridad Social.

Deudas con Hacienda y la Ley de Segunda Oportunidad: la situación actual con la entrada en vigor de la nueva Ley Concursal

Así llegamos a la reciente reforma de la Ley Concursal, en vigor desde el pasado septiembre de 2022.

Con esta reforma se acaba con las interpretaciones y dudas sobre el perdón de la deuda con Hacienda y Seguridad Social.

Así, el artículo 489.5 de la Ley 16/2022 establece que es posible eliminar hasta 20.000 euros de deuda pública, a razón de 10.000 euros con Hacienda y otros 10.000 euros con la Seguridad Social.

En el caso de que tengas más de 20.000 euros de deuda pública, el exceso sobre esos 20.000 euros que se te perdonan tienes que pagarlos mediante un plan de pagos, de la misma forma que ocurría antes de esta reforma.

En definitiva, es posible eliminar las deudas con Hacienda y la Seguridad Social con la Ley de Segunda Oportunidad, permitiéndote salir de una situación de insolvencia o sobreendeudamiento y volver a comenzar de cero.

¿Sería necesario ampliar el perdón de la deuda con Hacienda y la Seguridad Social a más de 10.000 euros por entidad?

Muchos expertos opinan que sí, sobre todo en el caso de autónomos o pequeños negocios o pymes.

La realidad es que, para los negocios más pequeños, es precisamente la deuda pública la mayor carga económica que arrastran en su pasivo, impidiéndoles reestructurarse y retomar de nuevo su actividad.

En este sentido ya hay expertos que están a favor de ampliar el perdón de la deuda pública en la línea con lo dispuesto en la nueva Directiva de Insolvencia, actualmente en trámite, y que previsiblemente se aprobará en los próximos meses.

Se sabe que su artículo 56 va a incluir la posibilidad de conceder un mayor perdón de la deuda pública para empresarios y pymes más pequeñas que quieren acogerse a la Ley de Oportunidad y cuya mayor carga económica es, precisamente, la deuda pública.

¿Te ha quedado alguna duda?

¿Debes dinero a Hacienda o a la Seguridad Social y no sabes si puedes acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad?

NO QUIERO DEUDAS es una firma legal formada por despachos de Madrid, Barcelona, Oviedo, Cáceres y Málaga, especialistas en ayudar a resolver situaciones de insolvencia y endeudamiento como la tuya.

Si eres particular, autónomo o empresario y quieres comenzar de nuevo un futuro libre de deudas, nuestro equipo legal está preparado para ayudarte.

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