Prescripción de deudas o exoneración en la Ley de Segunda Oportunidad: ¿me interesa esperar o actuar?

En este post vamos a comparar la prescripción de deudas y la exoneración a través de la Ley de Segunda Oportunidad para ayudarte a decidir si es mejor esperar o actuar ya.

Prescripción de deudas y exoneración son dos conceptos muy diferentes que a menudo se confunden.

Cuando hay prescripción de una deuda tu acreedor no te la puede reclamar, aunque la deuda siga existiendo como tal.

Sin embargo, con la exoneración tus deudas se cancelan, se eliminan y desaparecen, y tampoco te las van a poder reclamar tus acreedores.

Recuerda que cada deudor tiene una situación distinta, por eso es importante que te asesores con abogados expertos en Segunda Oportunidad para valorar la mejor solución para poner fin a tu endeudamiento.

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Cuando tienes deudas y llega un momento en que no puedes atenderlas es lógico que intentes buscar opciones para resolver tu situación de endeudamiento.

Hay quien piensa que una deuda siempre está ahí hasta que la pagas, pase el tiempo que pase, lo que no es cierto.

También muchos deudores se plantean si es fiable la Ley de Segunda Oportunidad y si las deudas se cancelan de verdad con esta herramienta legal.

Tanto con la prescripción como con la exoneración con la Segunda Oportunidad ya no te pueden reclamar la deuda, pero por motivos distintos y de manera diferente.

¿Qué es la prescripción de deudas y cómo funciona?

Que una deuda prescriba significa que tu acreedor no tiene derecho a reclamártela una vez ha pasado un tiempo determinado sin haberte exigido su pago.

Es decir, lo que se extingue es ese derecho de la persona o entidad a la que debes dinero a poder exigirte que pagues.

Te ponemos dos posibles ejemplos:

Imagina que debes dinero a Hacienda, pasa el tiempo y no hacen nada para reclamarte su pago.

Pues bien, las deudas con Hacienda prescriben a los 4 años a contar desde el día siguiente a la fecha en que acaba el plazo para que presentes la declaración o liquidación.

Si en esos 4 años Hacienda no te reclama la deuda ni te manda ninguna comunicación o requerimiento de pago de las cantidades que debes, esa deuda prescribe.

Y esto supone que Hacienda ya no tiene derecho a reclamarte legalmente la deuda prescrita, aunque sigue existiendo, pero ya no vas a tener que pagarla.

Imagina ahora que has pedido un préstamo a tu banco de 8.000 euros para hacer una reforma en casa y no puedes pagarlo.

Esta deuda es un ejemplo de deudas personales, y en este caso concreto su plazo de prescripción es de 5 años.

Si el banco no te reclama esa deuda en dicho plazo ni de forma extrajudicial con requerimientos de pago ni judicialmente, la deuda prescribe y ya no te la pueden reclamar.

En realidad, la deuda sigue existiendo, pero el acreedor ya no puede legalmente exigirte su pago.

Recuerda estos puntos clave sobre la prescripción de deudas:

  • Es importante saber en cada caso cuándo prescribe una deuda, porque no todas tienen el mismo plazo de prescripción.
  • En la práctica es muy difícil que una deuda prescriba, porque tus acreedores no van a dejar que pase el plazo para reclamar y lo que quieren es cobrar.
  • Cualquier comunicación, requerimiento, o carta que recibas reclamando el pago ya está interrumpiendo los plazos de prescripción.
  • Si realizas acciones como reconocer la deuda o hacer un pago de parte de lo que debes ya estás interrumpiendo el plazo de prescripción.
  • Con la prescripción lo que se extingue es el derecho de tus acreedores a reclamarte la deuda, no la deuda como tal.

¿Qué significa exonerar deudas con la Ley de Segunda Oportunidad?

La Ley de Segunda Oportunidad es un mecanismo legal por el que personas físicas pueden solicitar la cancelación parcial o total de sus deudas.

En este caso las deudas se te “perdonan” por el Juez, es decir, se eliminan, a diferencia de la prescripción donde la deuda sigue existiendo, aunque no te la puedan reclamar.

Dicho de otro modo:

  • Con la prescripción se extingue tu obligación de pagar la deuda por el paso del tiempo y tus acreedores pierden el derecho a reclamarlas.
  • Con la exoneración a través de la Segunda Oportunidad tu deuda se cancela total o parcialmente por un Juez a través de un procedimiento concursal.

 

Puedes utilizar esta herramienta legal si eres particular, autónomo o empresario/a, siempre que cumplas los requisitos de la Ley de Segunda Oportunidad:

  • Ser persona física y encontrarte en situación de insolvencia actual o inminente.
  • Deber dinero a dos o más acreedores distintos.
  • Ser deudor de buena fe (has hecho lo posible por pagar y has actuado con diligencia, pero te resulta imposible cumplir).
  • No haberte acogido antes a esta Ley (en 5 años si elegiste cancelar liquidando tu patrimonio o en 2 años si tu opción fue cancelar parcialmente con plan de pagos).

 

Es posible que, si estás en una situación económica difícil valores distintas opciones para intentar salir del endeudamiento.

Por ejemplo, puedes pensar en reunificar tus deudas o renegociarlas con tus acreedores.

Nuestra recomendación es que valores todas las posibilidades que tienes, porque cada deudor es diferente y lo importante es resolver tu endeudamiento de la manera que más se ajuste a tu situación económica.

Asesorarte es el primer paso para saber cómo funciona la Ley de Segunda Oportunidad y si en tu caso es la mejor opción para solucionar tu situación o debes valorar otras alternativas.

Recuerda que no todas tus deudas pueden cancelarse con este mecanismo legal, por eso todo va a depender del tipo de deuda que tengas y si pueden o no eliminarse.

Además, esta Ley te permite elegir cómo quieres cancelar tus deudas:

  • Parcialmente, manteniendo tu patrimonio y haciendo un plan de pagos viable y que puedas cumplir con tranquilidad.
  • Totalmente, lo que implica que tendrás que liquidar todo tu patrimonio, y esto incluye también tu vivienda habitual.

 

En resumen, la Ley de Segunda Oportunidad es una posibilidad legal y fiable para poner fin a tu situación de endeudamiento, pero no tiene nada que ver con dejar que pase el tiempo para esperar a que una deuda prescriba.

Lo único que tienen en común la prescripción y la exoneración con la Segunda Oportunidad es que no vas a tener que pagar la deuda, tanto si ha prescrito como si te la cancela un Juez en el proceso concursal.

¿Me conviene esperar a que prescriban mis deudas o solicitar la Ley de Segunda Oportunidad?

Es posible que si debes dinero te confíes pensando que si no haces caso de los requerimientos de pago que te hacen ni los atiendes la deuda pueda prescribir.

Esto es un error y no te lo recomendamos por varios motivos:

Primero, es muy difícil que una deuda prescriba.


Cualquier acreedor a quien debas dinero va a hacer todo lo posible por cobrar, y no va a esperar a que pase el tiempo sin reclamarte el pago una y otra vez.

Segundo, mientras esperas esa deuda va a seguir creciendo.

Sumarás más intereses y recargos, puedes tener penalizaciones económicas, y lo que es peor, que te acaben reclamando judicialmente. 

En ese caso puedes encontrarte con un embargo de tu nómina, de tu pensión, o del dinero de tu cuenta bancaria, y esto sólo empeora tu situación.

Si es casi imposible que una deuda prescriba, esperar sólo te va a crear incertidumbre y preocupación, y tu situación económica se va a complicar cada día más.

¿Entonces qué puedes hacer?

Nuestro consejo es asesorarte legalmente, y hacerlo cuanto antes para que el endeudamiento no siga creciendo.

De entre las distintas opciones que puedas tener lo importante es elegir la que mejor se adapte a tu caso y resuelva tu problema de endeudamiento.

¿Puede ser una refinanciación de la deuda?

¿Puede ser intentar renegociar tus obligaciones de pago?

¿Puede ser acogerte a la Segunda Oportunidad?

Todas pueden ser posibles soluciones, pero hay que estudiarlas para determinar cuál de ellas te conviene más.

Ahí es donde podemos ayudarte, tanto en la parte legal como en la económica, y resolver todas tus dudas en una consulta gratuita.

Nuestro equipo de abogados y economistas valoran de forma personalizada tu situación financiera para aconsejarte sobre las distintas opciones que tienes para resolver tu endeudamiento.

NO QUIERO DEUDAS es la rama especializada en Segunda Oportunidad de FAVE LEGAL, un despacho experto en asesoramiento empresarial y económico a personas físicas y jurídicas que pasan por una situación económica delicada.

Hacemos una valoración muy completa de todas las posibilidades legales y económicas que tienes para solucionar tu situación y te ayudamos a decidir.

Y si lo mejor es pedir la Segunda Oportunidad, te acompañamos en todo el proceso legal.

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